FOGASA: quién te paga el salario o la indemnización si tu empresa quiebra
Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 31/8/2026
Cuando una empresa deja de pagar los salarios o las indemnizaciones debidas y resulta insolvente o entra en concurso de acreedores, el trabajador no queda completamente desprotegido: el Fondo de Garantía Salarial, conocido como FOGASA, asume el pago de una parte de esas deudas, dentro de unos límites que fija el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Qué es el FOGASA
El artículo 33.1 lo define como un organismo autónomo, adscrito al ministerio competente en materia de trabajo, con personalidad jurídica y capacidad de obrar propia, cuya función es abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago a causa de la insolvencia o el concurso del empresario.
El límite para los salarios pendientes: 120 días
El propio artículo 33.1 fija el tope de esta garantía salarial: el FOGASA no puede abonar, por todos los conceptos salariales reconocidos en acto de conciliación o resolución judicial, un importe superior al resultado de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario —incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias— por el número de días de salario pendiente, con un máximo de ciento veinte días.
Qué indemnizaciones cubre también el Fondo
El artículo 33.2 extiende la cobertura del FOGASA a las indemnizaciones reconocidas por sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa, derivadas de un despido o de la extinción del contrato conforme a varios artículos del Estatuto —incluida la extinción por voluntad del trabajador del artículo 50, el despido colectivo, el despido objetivo, y la extinción por traslado o modificación sustancial no aceptada—, así como las derivadas de la extinción de contratos en el marco de un procedimiento concursal.
El límite general para estas indemnizaciones es de una anualidad de salario, calculada sobre la base de treinta días por año de servicio —salvo en el caso concreto de la extinción por modificación sustancial del artículo 41.3, donde el límite baja a nueve mensualidades—.
Cómo se activa la responsabilidad del FOGASA en un concurso
El artículo 33.3 regula el mecanismo en los procedimientos concursales: desde que se tenga conocimiento de la existencia de créditos laborales, o se presuma su posible existencia, el juez debe citar al Fondo de Garantía Salarial, sin cuyo requisito el FOGASA no asume las obligaciones descritas. El Fondo se persona entonces en el expediente como responsable legal subsidiario del pago de esos créditos, pudiendo actuar en defensa de su propio interés y continuando después como acreedor si llega a realizar esos pagos.
Por qué esta garantía es tan importante para los trabajadores
El FOGASA actúa como una red de seguridad frente al riesgo más grave que puede sufrir un trabajador: que su empresa desaparezca sin poder pagarle lo que le debe. Sin este mecanismo, el trabajador quedaría en la misma posición que cualquier otro acreedor ordinario dentro de un concurso, con escasas probabilidades reales de cobrar; con el FOGASA, tiene garantizado el cobro de una parte significativa de su deuda salarial e indemnizatoria, dentro de los límites legales, de forma mucho más ágil que esperar al resultado final del procedimiento concursal.
Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
