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No ayudar a alguien en peligro también es delito: la omisión del deber de socorro

Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 31/8/2026

En España, presenciar a una persona desamparada y en peligro grave sin hacer nada al respecto no es solo un reproche moral: puede constituir, por sí mismo, un delito, aunque quien omite el socorro no tenga ninguna relación previa con la víctima ni haya causado su situación de peligro.

La conducta básica

El artículo 195.1 castiga a quien no socorre a una persona que se halla desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiera hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, con una pena de multa de tres a doce meses. El requisito clave es que el auxilio pueda prestarse sin poner en riesgo la propia seguridad ni la de otras personas: la ley no exige heroísmo, solo ayuda cuando es razonablemente segura.

Basta con pedir ayuda si no puedes socorrer directamente

El artículo 195.2 prevé una alternativa igualmente válida: si alguien está impedido para prestar socorro personalmente, incurre en la misma pena si no demanda con urgencia auxilio ajeno. Es decir, la ley no exige necesariamente una intervención física directa: llamar de inmediato a los servicios de emergencia, o pedir ayuda a terceros con capacidad de intervenir, cumple igualmente con el deber legal cuando la propia intervención directa no es posible o segura.

Cuando el propio omitente causó el peligro por accidente

El artículo 195.3 prevé una agravación importante: si la víctima lo es por un accidente ocasionado fortuitamente por quien omitió el auxilio, la pena sube a prisión de seis meses a dieciocho meses. Y si ese accidente se debió a la imprudencia de quien omitió el auxilio, la pena se eleva todavía más, a prisión de seis meses a cuatro años. Esta agravación conecta la omisión de socorro con la propia causación del peligro: quien provoca un accidente y después no ayuda a la víctima se enfrenta a una pena mucho más severa que quien simplemente presencia un peligro ajeno sin haberlo causado.

Por qué se protege este deber, aunque no exista relación previa

A diferencia de otros delitos que exigen una posición de garante concreta —como el homicidio por omisión, que exige que quien omite tuviera un deber jurídico especial de actuar—, la omisión del deber de socorro se aplica a cualquier persona, sin necesidad de ninguna relación previa con la víctima. La ley entiende que existe un deber mínimo de solidaridad social frente a situaciones de peligro grave y manifiesto, siempre que ayudar no suponga un riesgo real para quien presta ese auxilio.

Qué significa "peligro manifiesto y grave"

Para que exista este delito, el peligro debe ser manifiesto —evidente, apreciable por cualquier persona en esas circunstancias— y grave —con riesgo real para la vida o la integridad física de la víctima—. Situaciones de menor entidad, o peligros que no resultan evidentes para un observador razonable, no generan este deber penal de intervención.


Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta el artículo 195 del Código Penal.