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Puntos del carnet: cuándo se pierden y cómo se recuperan

Equipo editorial de BOE Fácil · revisado por Equipo editorial de BOE Fácil el 18/8/2026

El permiso de conducir español funciona con un sistema de puntos desde 2006. El texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial regula cuántos puntos se asignan al principio, cuándo se pierden y de qué dos formas distintas se pueden recuperar.

El crédito inicial: doce puntos, u ocho si eres novel

El artículo 63.1 asigna a todo titular de un permiso o licencia de conducción un crédito inicial de doce puntos. Ese crédito se reduce a ocho puntos en dos casos concretos (art. 63.2): quien tiene el permiso desde hace tres años o menos —salvo que ya fuera titular de otro permiso con esa antigüedad—, y quien recupera el permiso después de haber perdido previamente todo su crédito de puntos.

Quien mantiene el crédito completo, sin ser sancionado, recibe además una bonificación: dos puntos durante los tres primeros años y uno más durante los tres siguientes, hasta un máximo de quince puntos en lugar de los doce iniciales (art. 63.4).

Cuántos puntos se pierden por infracción

El artículo 64.1 establece que el crédito se reduce por cada sanción firme en vía administrativa por infracciones graves o muy graves que lleven aparejada pérdida de puntos, según el baremo de los anexos de la propia ley. El artículo 64.4 pone un límite diario: un conductor no puede perder más de ocho puntos por acumulación de infracciones cometidas en un solo día, salvo que alguna de ellas sea una de las infracciones muy graves más severas, en cuyo caso pierde el total que corresponda a cada una.

Los puntos se descuentan de forma automática en cuanto la sanción queda anotada en el registro de conductores e infractores de la Jefatura Central de Tráfico. Si pasa un año desde que la sanción es firme sin que la infracción se haya anotado en el registro, ya no procede la detracción de puntos (art. 64.5).

Dos formas de recuperar puntos

El artículo 65 regula dos vías, independientes entre sí. La primera es automática: transcurridos dos años sin ser sancionado en firme por infracciones que conlleven pérdida de puntos, se recupera la totalidad del crédito inicial de doce puntos (art. 65.1).

La segunda vía es voluntaria y más rápida: quien ha perdido parte de su crédito puede optar a recuperar hasta un máximo de seis puntos, una sola vez cada dos años, superando un curso de sensibilización y reeducación vial de un máximo de quince horas (art. 65.4). Los conductores profesionales pueden repetir este curso con frecuencia anual en lugar de cada dos años.

Por qué importa esto

Las dos vías de recuperación no son excluyentes ni automáticas por igual: la recuperación total exige, simplemente, no cometer más infracciones durante dos años; la recuperación parcial mediante curso exige una acción activa del conductor y tiene un tope de seis puntos por convocatoria. Un conductor que ha perdido buena parte de su crédito puede combinar ambas estrategias, pero solo si entiende que responden a reglas y plazos distintos.


Esta guía es una explicación divulgativa de BOE Fácil, no asesoramiento jurídico. Para el texto oficial completo, consulta los artículos 63 a 65 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.