TÍTULO PRIMERO. De las compañías mercantiles · Sección novena. Compañías de ferrocarriles y demás obras públicas
Artículo 184.
Corresponderán principalmente a la índole de estas compañías las operaciones siguientes:
1.ª La construcción de las vías férreas y demás obras públicas, de cualquier clase que fueren.
2.ª La explotación de las mismas, bien a perpetuidad o bien durante el plazo señalado en la concesión.
Texto oficial de Código de Comercio (BOE-A-1885-6627). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.