TÍTULO V. De los préstamos mercantiles · Sección segunda. De los préstamos con garantía de valores
Artículo 321.
Texto oficial de Código de Comercio (BOE-A-1885-6627). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
TÍTULO V. De los préstamos mercantiles · Sección segunda. De los préstamos con garantía de valores
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