TÍTULO XV. De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis · CAPÍTULO II. De la prenda · Sección 1.ª De la prenda
Artículo 1873.
Respecto a los Montes de Piedad y demás establecimientos públicos, que por instituto o profesión prestan sobre prendas, se observarán las leyes y reglamentos especiales que les conciernan y, subsidiariamente, las disposiciones de este título.
Texto oficial de Código Civil (BOE-A-1889-4763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.