ley · BOE-A-1915-660
Ley de 31 de enero de 1915 disponiendo que el Ministro de este Departamento proceda con urgencia a crear Bancos de prueba de armas portátiles de fuego y sus municiones, como existen en el extranjero, y que sean dirigidos por los Jefes y Oficiales de Artillería que se designen
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 2/2/1915
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Guerra
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
2 de enero de 1970
Ley de 31 de enero de 1915 disponiendo que el Ministro de este Departamento proceda con urgencia a crear Bancos de prueba de armas portátiles de fuego y sus municiones, como existen en el extranjero, y que sean dirigidos por los Jefes y Oficiales de Artillería que se designen — versión original 1915
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