Artículo 7.
Texto oficial de Real Orden de 26 de octubre de 1922 dictando reglas encaminadas a especificar la forma en que habrán de cursarse expedientes donde se ventile la cuestión jurídica sucesoria en títulos extranjeros que sirva de antecedente a la liquidación fiscal (BOE-A-1922-7310). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
