TÍTULO PRIMERO. De los Notarios · CAPÍTULO I. Del ingreso en el Notariado · Sección 3.ª Del tribunal de las oposiciones libres y celebración de las mismas
Artículo 11.
No podrán ser miembros del Tribunal quienes sean, entre sí o respecto de alguno de los opositores, cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Si, no obstante, fueren nombrados, incurrirán en causa de incompatibilidad, y se nombrará a los que hayan de sustituirles.
> <small>Se modifica por el art. 2 del Real Decreto 1126/1982, de 28 de mayo. [Ref. BOE-A-1982-13247](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1982-13247).</small>
Texto oficial de Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado (BOE-A-1944-6578). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. — Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado · BOE Fácil