Texto refundido de las normas estatutarias de la Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort
Artículo 13.
La concesión de las diferentes clases de la Cruz de San Raimundo de Peñafort, excepto la Gran Cruz, y de la Medalla de Mérito a la Justicia, se hará por Orden ministerial.
> <small>Se modifica la denominación de la Cruz Meritísima por el Decreto de 9 de enero de 1950. [Ref. BOE-A-1950-846](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1950-846)</small>
Texto oficial de Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort (BOE-A-1945-3187). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. — Orden de la Cruz de San Raimundo de Peñafort · BOE Fácil