Para contribuir a los gastos que los servicios e intervención que ahora se establecen originen a los Ayuntamientos exigirán éstos el correspondiente arbitrio que autoriza el artículo cuatrocientos setenta y tres de la vigente Ley de Régimen Local como uno de los medios de imposición municipal.
###### Artículo décimo.
Se autoriza al Ministro de la Gobernación para dictar las normas que puedan requerir la ejecución de este Decreto.
Así lo dispongo por el presente, dado en Madrid a diecisiete de mayo de mil novecientos cincuenta y dos.
**FRANCISCO FRANCO**
**El Ministro de la Gobernación,**
**BLAS PÉREZ GONZÁLEZ**
Texto oficial de Decreto de 17 de mayo de 1952 por el que se declara obligatorio el registro y matrícula de los perros y la vacunación a los mismos por cuenta de sus dueños (BOE-A-1952-7152). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. — Decreto de 17 de mayo de 1952 por el que se declara obligatorio el registro y matrícula de los perros y la vacunación a los mismos por cuenta de sus dueños · BOE Fácil