TÍTULO II. De la hipoteca mobiliaria · CAPÍTULO II. De la hipoteca de establecimientos mercantiles
Artículo 30. y tres.
No surtirá efecto alguno en perjuicio del acreedor la renuncia de los derechos derivados del contrato de arrendamiento hecha por el arrendatario durante la subsistencia de la hipoteca, si ésta se hubiere notificado en la forma prevista en el artículo veinticuatro.
Texto oficial de Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión (BOE-A-1954-15448). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 30. y tres. — Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión · BOE Fácil