TÍTULO II. De la hipoteca mobiliaria · CAPÍTULO II. De la hipoteca de establecimientos mercantiles
Artículo 28.
Si la hipoteca se hubiere constituido por el mismo propietario del local, el adjudicatario, en caso de ejecución, adquirirá, de pleno derecho, la cualidad de arrendatario con sujeción a lo pactado en la escritura de hipoteca.
Texto oficial de Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento (BOE-A-1954-15448). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 28. — Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento · BOE Fácil