TÍTULO I. Disposiciones comunes a la hipoteca mobiliaria y a la prenda sin desplazamiento de posesión
Artículo 7.
Podrá también constituirse hipoteca mobiliaria o prenda sin desplazamiento, en garantía de cuentas corrientes de crédito o de letras de cambio, con los requisitos que se establecen en los artículos ciento cincuenta y tres y ciento cincuenta y cuatro de la Ley Hipotecaria.
Texto oficial de Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento (BOE-A-1954-15448). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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