La Junta estudiará y redactará el proyecto de Reglamento por el que haya de regirse el Parque, para remitirlo a la Dirección General de Montes, la cual, con su informe, lo someterá a resolución del Ministerio de Agricultura.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a seis de octubre de mil novecientos cincuenta y cuatro.
**FRANCISCO FRANCO**
**El Ministro de Agricultura,**
**RAFAEL CAVESTANY Y DE ANDUAGA**
Texto oficial de Decreto de 6 de octubre de 1954 por el que se crea el Parque Nacional de la "Caldera de Taburiente", en la isla de la Palma, de Santa Cruz de Tenerife (BOE-A-1954-18708). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. — Decreto de 6 de octubre de 1954 por el que se crea el Parque Nacional de la "Caldera de Taburiente", en la isla de la Palma, de Santa Cruz de Tenerife · BOE Fácil