TÍTULO PRIMERO. Intervención administrativa en la actividad privada · CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo 15.
1. Las licencias relativas a las condiciones de una obra o instalación tendrán vigencia mientras subsistan aquéllas.
2.**(Suprimido)**
> <small>Se suprime el apartado 2 por el art. único.3 del Real Decreto 2009/2009, de 23 de dciembre. [Ref. BOE-A-2009-21054](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-21054).</small>
Texto oficial de Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales (BOE-A-1955-10057). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 15. — Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales · BOE Fácil