En el acto de presentarse un documento para su inscripción se extenderá un breve asiento en el que se expresará: Nombre, apellidos y vecindad del presentante; día y hora de la presentación; clase, fecha y objeto del documento presentado; nombre y apellidos de los interesados y de la Autoridad, Notario o funcionario que lo suscriba; fecha y firmas. El Registrador podrá añadir otros datos cuando contribuyan a distinguir el título presentado de otros semejantes.
Texto oficial de Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de posesión (BOE-A-1955-10148). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 55. — Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin desplazamiento de posesión · BOE Fácil