Nombrado el Tribunal de Honor, empezará a actuar en el plazo de cinco días, siguientes a la elección de sus miembros, procediéndose inmediatamente a la citación del inculpado si estuviere en España o fuera del servicio activo, o a solicitar de la Superioridad que le ordene presentarse en Madrid si estuviere sirviendo en un puesto del extranjero. Si el interesado no pudiere concurrir ni lo hiciere por medio de representante, podrá alegar por escrito las causas que se lo impidan y las razones que obren en su defensa.
Texto oficial de Decreto de 15 de julio de 1955 por el que aprueba el Reglamento Orgánico de la Carrera Diplomática (BOE-A-1955-10635). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 61. — Decreto de 15 de julio de 1955 por el que aprueba el Reglamento Orgánico de la Carrera Diplomática · BOE Fácil