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TÍTULO VI. De la rectificación y otros procedimientos · CAPÍTULO IV. De los expedientes para declaraciones con valor de simple presunción

Artículo 338.

Texto oficial de Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil (BOE-A-1958-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 338. — Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil · BOE Fácil