TÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales · CAPÍTULO II. De la publicidad del Registro · Sección Primera. De las certificaciones
Artículo 34.
Texto oficial de Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil (BOE-A-1958-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
