La Comisión Central de Coordinación hospitalaria someterá a la aprobación del Gobierno el estado general de necesidades hospitalarias de la nación, operando para ello de modo que cada demarcación territorial que al efecto se señale cuente con los hospitales precisos para atender plenamente las necesidades de su población, teniendo en cuenta la distribución y morbilidad de la misma, así como las prioridades y destino de los Centros hospitalarios.
Texto oficial de Ley 37/1962, de 21 de julio, sobre Hospitales (BOE-A-1962-13415). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. — Ley 37/1962, de 21 de julio, sobre Hospitales · BOE Fácil