TÍTULO II. Organos Superiores de la Función Pública · CAPÍTULO III. Competencia en materia de personal
Artículo 22.
Al Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios competen las tareas de selección, formación y perfeccionamiento de los funcionarios de los Cuerpos Generales de la Administración civil del Estado y cuantas le confiere la presente Ley.
> Téngase en cuenta en cuanto a su denominación lo establecido en el art. 1 de la Orden de 21 de julio de 1966. [Ref. BOE-A-1966-12639](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1966-12639). y en la disposición adicional 4 del Real Decreto-Ley 22/1977, de 30 de marzo. [Ref. BOE-A-1977-8854](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-8854).
Texto oficial de Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado (BOE-A-1964-2140). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. — Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado · BOE Fácil