En el plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor del Reglamento de la presente Ley, la Administración girará visita de inspección a todas las instalaciones técnicas y fundamentalmente de seguridad, y propondrá los términos de su adaptación en las condiciones de orden técnico y económico que se estimen convenientes y posibles a las prescripciones de esta Ley y su Reglamento.
Dada en el Palacio de El Pardo a veintinueve de abril de mil novecientos sesenta y cuatro.
**FRANCISCO FRANCO**
Texto oficial de Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos (BOE-A-1964-7523). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. — Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos · BOE Fácil