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ley · BOE-A-1966-9020

Ley 37/1966, de 31 de mayo, sobre creación de Reservas Nacionales de Caza

Estado
Vigente
Publicación
2/6/1966
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley creó numerosas Reservas Nacionales de Caza en España (entre ellas Ancares, Somiedo, Fuentes Carrionas, Los Valles y el Cadí), zonas geográficamente delimitadas con régimen cinegético especial destinadas a promover, fomentar y proteger determinadas especies, subordinando la caza a esa finalidad.

A quién afecta: Cazadores en las zonas declaradas Reserva Nacional de Caza, y el Ministerio de Agricultura como responsable de su administración.

  • El artículo 1 creó numerosas Reservas Nacionales de Caza en distintas provincias españolas, entre ellas Ancares, Somiedo, Fuentes Carrionas y el Cadí.
  • El artículo 2 define las Reservas como zonas con régimen cinegético especial cuya finalidad prioritaria es promover, fomentar y proteger determinadas especies, subordinando a ello el aprovechamiento de la caza.
  • El artículo 2 atribuye al Ministerio de Agricultura el desarrollo, administración y cuidado de las Reservas.
¿Se puede cazar libremente en una Reserva Nacional de Caza?

No, el artículo 2 subordina el aprovechamiento de la caza a la finalidad prioritaria de promover, fomentar y proteger las especies de la Reserva, con régimen cinegético especial.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Ley de Creación de Reservas Nacionales de Caza · BOE Fácil