Por el presente Decreto, de acuerdo con lo previsto al efecto en los artículos setenta y ocho y setenta y nueve de la Ley de Montes, de ocho de junio de mil novecientos cincuenta y siete, y en los concordantes del Reglamento para su aplicación, de veintidós de febrero de mil novecientos sesenta y dos, artículos ciento ochenta y nueve a doscientos uno, se declara Parque Nacional de Doñana el terreno delimitado por los linderos que se describen en el anejo número uno, quedando afectadas las fincas cuya denominación y propietarios se relacionan en el anejo número dos.
Texto oficial de Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana (BOE-A-1969-1252). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. — Decreto 2412/1969, de 16 de octubre, de creación del Parque Nacional de Doñana · BOE Fácil