CAPÍTULO II. Organización del Colegio · Normas de ingreso
Artículo 14.
El programa que comprenda las materias a desarrollar por la Escuela de Formación de Administradores de Fincas, además de las relacionadas en el artículo precedente, previa la aprobación del Organismo competente, contendrá las que correspondan a las necesidades para obtener la cultura general de grado medio equivalente a los enumerados en el caso segundo del apartado d) del artículo 12 de estos Estatutos.
Texto oficial de Resolución por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional Sindical de Administradores de Fincas (BOE-A-1969-689). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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