CAPÍTULO III. Cotización y recaudación · Sección primera. Cotización
Artículo 23. Bases de cotización.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.1.2 de la Orden de 22 de febrero de 1996. [Ref. BOE-A-1996-4582](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-4582).</small>
> <small>Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria de la Orden de 3 de febrero de 1984. .[Ref. BOE-A-1984-3363](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1984-3363).</small>
> <small>Esta derogación surte efectos desde el 1 de enero de 1984, según establece la disposición final.</small>
> <small>Se modifica por el art. único de la Orden de 10 de noviembre de 1976. [Ref. BOE-A-1976-23860](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1976-23860).</small>
> <small>Esta modificación surte efectos desde el 1 de octubre de 1976, según establece la disposición final.</small>
Texto oficial de Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para aplicación y desarrollo del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (BOE-A-1970-1066). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.