Los aumentos de plantillas del Cuerpo Especial Femenino de Instituciones Penitenciarias, Cuerpo Auxiliar Masculino de Instituciones Penitenciarias y Cuerpo de Ayudantes Técnicos Sanitarios de Instituciones Penitenciarias, así como la plantilla del Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias y plazas no escalafonadas que se establecen, se financiarán con las amortizaciones de los restantes Cuerpos y plazas no escalafonadas que se suprimen, según detalle contenido en los anexos I y II y conforme a los períodos anuales que en los mismos se contienen, sin que en ningún momento pueda producirse aumento de gasto.
Texto oficial de Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios (BOE-A-1970-1455). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. — Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios · BOE Fácil