El personal que haya estado embarcado con anterioridad a la publicación de esta Orden ministerial un mínimo de dos años en plaza de Electricista en buque mercante o de pesca y justifique por medio de certificado expedido por el Capitán o Patrón estar en posesión de los conocimientos necesarios para desempeñar esta plaza con idoneidad podrá solicitar, sin examen, la expedición de este certificado.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 7 de junio de 1971.
**FONTANA CODINA**
Ilmos. Sres. Subsecretario de la Marina Mercante e Inspector general de Enseñanzas Marítimas y Escuelas.
Texto oficial de Orden de 7 de junio de 1971 sobre creación del Certificado de Competencia de Marinero Electricista para Buques Mercantes y de Pesca (BOE-A-1971-10230). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. — Orden de 7 de junio de 1971 sobre creación del Certificado de Competencia de Marinero Electricista para Buques Mercantes y de Pesca · BOE Fácil