decreto · BOE-A-1971-142
Decreto 3837/1970, de 31 de diciembre, por el que se regula la hipoteca mobiliaria de películas cinematográficas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/2/1971
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Presidencia del Gobierno
Este decreto regula la hipoteca mobiliaria de películas cinematográficas, permitiendo que el derecho de explotación comercial de una película sea objeto de hipoteca conforme a la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento.
A quién afecta: Productores, distribuidores y exportadores de películas cinematográficas, y entidades acreedoras.
- Permite que el derecho de explotación comercial de una película cinematográfica sea objeto de hipoteca mobiliaria, conforme a la Ley de Hipoteca Mobiliaria de 1954.
- Atribuye el derecho de explotación comercial al productor, y también al distribuidor o exportador cuando lo hayan adquirido a precio alzado.
- Permite hipotecar una película española tanto para su explotación en España como en el extranjero, y una extranjera solo para su explotación en territorio nacional.
- Prohíbe que el hipotecante renuncie a su derecho o ceda su uso o explotación sin el consentimiento del acreedor hipotecario.
¿Qué puede hipotecarse conforme a este decreto?
El derecho de explotación comercial de una película cinematográfica, con base en la disponibilidad sobre el negativo, internegativo o copias de la misma.
¿Puede el productor ceder la explotación de una película hipotecada sin autorización?
No, el hipotecante no puede renunciar a su derecho ni ceder su uso o explotación sin el consentimiento del acreedor hipotecario.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento (1 menciones)
- Cita a: Código Civil (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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