*Uno. La utilización del embalse de Alarcón en el acueducto Tajo-Segura seguirá un régimen estricto de entradas y salidas, computándose las pérdidas por evaporación que puedan corresponder a las aguas trasvasadas.*
*Dos. La Comisión de Desembalses de Alarcón, ampliada a tal fin por representaciones de las Confederaciones Hidrográficas y Comisarías de Aguas del Tajo y del Segura, entenderá en cuantos problemas se presenten con respecto a lo dispuesto en el párrafo anterior, bajo la directa dependencia de la Comisión Central de**Desembalses*.
> <small>Se deroga, en lo que se refiere a la utilización del embalse de Alarcón, por la disposición derogatoria única de la Ley 10/2001, de 5 de julio. [Ref. BOE-A-2001-13042](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-13042).</small>
Texto oficial de Ley 21/1971, de 19 de junio, sobre el aprovechamiento conjunto Tajo-Segura (BOE-A-1971-778). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. — Ley 21/1971, de 19 de junio, sobre el aprovechamiento conjunto Tajo-Segura · BOE Fácil