DEPÓSITOS FUNERARIOS, CEMENTERIOS, CREMATORIOS, SEPULCROS Y PANTEONES
Disposición adicional segunda.
Los Gobernadores civiles (Subdelegados del Gobierno), a propuesta de los Jefes provinciales de Sanidad que ordenarán la instrucción del expediente oportuno con arreglo a la Ley de Procedimiento Administrativo, sancionarán con multa de hasta 601,01 euros las infracciones de este Reglamento, salvo que constituyan delitos o faltas sancionadas con arreglo al Código Penal en cuyo caso las actuaciones practicadas se remitirán a la autoridad judicial. Las infracciones muy graves se corregirán con multas de hasta 3.005,06 euros por el Ministerio de la Gobernación (Ministerio del Interior).
> <small>Se modifica por el art. 5 de la Resolución de 19 de noviembre de 2001. [Ref. BOE-A-2001-23617](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-23617).</small>
###### Disposición final.
1. Queda derogado el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, aprobado por Decreto 2569/1960, de 22 de diciembre, y modificado por el 1713/1967, de 20 de julio, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Reglamento.
2. Se consideran vigentes las siguientes disposiciones administrativas sobre esta materia:
– Real Orden de 30 de octubre de 1835.
– Real Orden de 18 de julio de 1887.
– Real Orden de 13 de febrero de 1913.
– Real Orden de 21 de julio de 1924.
– Orden de 31 de octubre de 1932.
– Orden de 31 de octubre de 1938.
– Orden de 26 de noviembre de 1945.
– Orden de 30 de abril de 1951.
– Orden de 17 de marzo de 1952.
– Orden de 17 de febrero de 1955.
– Orden de 27 de febrero de 1956.
– Orden de 1 de septiembre de 1958.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinte de julio de mil novecientos setenta y cuatro.
**JUAN CARLOS DE BORBÓN,**
**Príncipe de España**
**El Ministro de la Gobernación,**
**JOSÉ GARCÍA HERNÁNDEZ**
Texto oficial de Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (BOE-A-1974-1358). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.