decreto · BOE-A-1974-1448
Decreto 2464/1974, de 9 de agosto, por el que se crea la Medalla al Mérito de la Seguridad Vial
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/9/1974
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Gobernación
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este decreto crea la Medalla al Mérito de la Seguridad Vial, distinción destinada a premiar a las personas físicas o jurídicas que se hayan destacado por su contribución a la seguridad de la circulación.
A quién afecta: Personas físicas o jurídicas propuestas para esta distinción, y el personal de la Jefatura Central de Tráfico, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y las Policías Municipales de Tráfico.
- Crea la Medalla al Mérito de la Seguridad Vial para premiar a quienes se hayan destacado por su actividad en favor de la seguridad de la circulación, mediante actos heroicos, solidaridad o colaboración relevante.
- Establece tres categorías de la Medalla —oro, plata y bronce— y tres distintivos en cada una de ellas, según la importancia de la acción meritoria reconocida.
- Atribuye la concesión de la Medalla de oro al Consejo de Ministros, la de plata al Ministerio de la Gobernación y la de bronce a la Dirección General de Tráfico, previa instrucción de expediente.
- Limita el número de Medallas que pueden concederse cada año natural en cada una de sus categorías.
¿Para qué se creó la Medalla al Mérito de la Seguridad Vial?
Para premiar a las personas físicas o jurídicas que se hayan destacado por su contribución a la seguridad de la circulación, ya sea por actos heroicos, solidaridad ejemplar o colaboración relevante.
¿Quién concede la Medalla de oro?
El Consejo de Ministros, mediante Decreto, previa instrucción del correspondiente expediente por la Dirección General de Tráfico.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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