Artículo 14. Prohibición de recomendaciones sobre honorarios.
Los Colegios Profesionales y sus organizaciones colegiales no podrán establecer baremos orientativos ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales, salvo lo establecido en la Disposición adicional cuarta.
> <small>Se añade por el art. 5.14 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre. [Ref. BOE-A-2009-20725](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-20725)</small>
Texto oficial de Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales (BOE-A-1974-289). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Prohibición de recomendaciones sobre honorarios. — Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales · BOE Fácil