FEVE actuará en régimen de empresa mercantil, con sujeción al Decreto-ley 11/1972, de 29 de diciembre, al presente Estatuto, y en lo no previsto en los mismos al derecho privado.
No está sujeta a las Leyes de Administración y Contabilidad del Estado y de Entidades Estatales Autónomas, a cuyo efecto se le considera incluida en el artículo quinto de esta última; ni tiene la condición de Administración Pública a los efectos de las Leyes de Procedimiento Administrativo y de la jurisdicción Contencioso-administrativa.
Texto oficial de Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) (BOE-A-1974-436). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. — Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) · BOE Fácil