TÍTULO IIl. Campo de aplicación · Sección primera. De la extensión de la Mutualidad
Artículo 5. °.
El régimen de protección de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria ampara a todos los afiliados, tanto obligatorios como voluntarios, extendiendo su acción a todas las localidades donde puedan prestar sus servicios los mismos, conforme a las condiciones determinadas en este Reglamento y las normas que posteriormente se señalen.
Texto oficial de Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria (BOE-A-1974-494). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. °. — Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria · BOE Fácil