TÍTULO V. De las prestaciones · Sección novena. De la asistencia medico-quirúrgica y sanatorial
Artículo 86.
Además de los «Servicios completos» relacionados en el artículo anterior podrán contratarse los denominados «Servicios diversos», que comprenden:
Médicos consultores. Reumatología. Asma y alergia (vacunas y antígenos a cargo del asegurado). Endocrinología y Nutrición. Isótopos radiactivos. Cobaltoterapia (incluido sanatorio cuando se precise. Rádium. Aerosolterapia y Ventiloterapia, Fisioterapeutas. Ambulancias, dentro o fuera del término municipal. Acompañante en sanatorio quirúrgico con derecho a cama y desayuno. Medicación en sanatorio quirúrgico. Parto normal asistido por matrona en sanatorio. Transfusiones de sangre o plasma en casos no quirúrgicos. Riñón artificial. Pulmón de acero. Yodo radiactivo.
Centros sanatoriales: Antituberculosos. Psiquiátricos. Rehabilitación y otros especiales.
Texto oficial de Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria (BOE-A-1974-494). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 86. — Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria · BOE Fácil