decreto · BOE-A-1975-16964
Decreto 1842/1975, de 3 de julio, por el que se establece el Servicio de Contabilidad Patrimonial del Estado
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 11/8/1975
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
Este decreto establece el Servicio de Contabilidad Patrimonial del Estado, dependiente de la Dirección General del Patrimonio del Estado, encargado de organizar la contabilidad del patrimonio mobiliario estatal en empresas mercantiles.
A quién afecta: Dirección General del Patrimonio del Estado, Intervención General de la Administración del Estado y Tribunal de Cuentas.
- Establece en la Dirección General del Patrimonio del Estado el Servicio de Contabilidad Patrimonial, dependiente funcionalmente de la Intervención General de la Administración del Estado.
- Encomienda a este Servicio la organización y desarrollo de la contabilidad del patrimonio mobiliario del Estado, reflejando las operaciones de gestión de títulos y valores en empresas.
- Crea la Cuenta de Títulos y Valores del Estado, que debe permitir conocer el coste de los títulos propiedad del Estado y las adquisiciones realizadas en cada ejercicio económico.
- Obliga a rendir anualmente la Cuenta de Títulos y Valores del Estado al Tribunal de Cuentas del Reino, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado.
¿Qué función cumple el Servicio de Contabilidad Patrimonial del Estado?
Organizar y desarrollar la contabilidad del patrimonio mobiliario del Estado, en particular la participación estatal en empresas mercantiles.
¿A quién se rinde anualmente la Cuenta de Títulos y Valores del Estado?
Al Tribunal de Cuentas del Reino, por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado.
Normas relacionadas
- Cita a: Plan General de Contabilidad (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
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