TÍTULO VII. Régimen Jurídico · CAPÍTULO CUARTO. Acciones y Recursos
Disposición final quinta.
Se autoriza al Gobierno para adaptar por Decreto, a propuesta del Ministro de la Vivienda, la cuantía de las multas establecida en el artículo doscientos veintiocho, a la evolución de las circunstancias socioeconómicas en función del índice general ponderado de precios al por mayor publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Texto oficial de Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana (1976) (BOE-A-1976-11506). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. — Texto Refundido de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana (1976) · BOE Fácil