La inspección del libro de registro de enfermos corresponderá a la Jefatura Provincial de Sanidad de la provincia, quien, en su caso, propondrá las medidas que procedan.
Texto oficial de Real Decreto 1360/1976, de 21 de mayo, por el que se hace obligatorio el uso, por parte de los establecimientos sanitarios con régimen de internado, de un libro de registro (BOE-A-1976-11919). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. — Real Decreto 1360/1976, de 21 de mayo, por el que se hace obligatorio el uso, por parte de los establecimientos sanitarios con régimen de internado, de un libro de registro · BOE Fácil