**(Derogada)**
> <small>Se deroga por el art. 5 del Real Decreto 1672/1977, de 2 de junio. [Ref. BOE-A-1977-15728](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1977-15728).</small>
###### Disposición final.
Por los Ministerios de la Gobernación, de Industria y de Comercio, conjunta o separadamente, se dictarán las disposiciones que se precisen para lo establecido en el presente Real Decreto, que entrará en vigor al día siguiente del de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Palma de Mallorca a diez de agosto de mil novecientos setenta y seis.
**JUAN CARLOS**
**El Ministro de la Presidencia del Gobierno,**
**ALFONSO OSORIO GARCÍA**
Texto oficial de Real Decreto 2100/1976, de 10 de agosto, sobre fabricación, importación, venta y utilización de piezas, elementos o conjuntos para reparación de automóviles (BOE-A-1976-17218). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria segunda. — Real Decreto 2100/1976, de 10 de agosto, sobre fabricación, importación, venta y utilización de piezas, elementos o conjuntos para reparación de automóviles · BOE Fácil