El Departamento de Proyectos y Obras tendrá las siguientes funciones:
a) Estudio, dirección e inspección de los proyectos y obras de captación, regulación, conducción y almacenamiento de las aguas; estudio, coordinación y control del desarrollo de proyectos y obras encargados a Empresas especializadas; instalación y funcionamiento de los laboratorios de control de calidad de las obras.
b) Medición, valoraciones y actuaciones técnicas precisas para expropiar los terrenos necesarios en la ejecución de las obras a realizar por Mancomunidad.
c) Archivo patrimonial y control de sus modificaciones.
###### Artículo décimo.
La Secretaria General tendrá las siguientes funciones:
a) Las funciones administrativas y, en general, todas las de carácter jurídico-administrativo, registro general, archivo, expedientes de contratación administrativa; tramitación, informe y propuesta de resolución, en su caso, de recursos, reclamaciones, denuncias, expedientes de expropiación forzosa y asuntos generales de la Mancomunidad.
b) Las funciones económicas y, en general, todas las de carácter económico-financiero; caja y pagaduría; personal y seguros sociales, elaboración del proyecto de presupuestos; estudio y evolución de los préstamos concertados con Entidades de crédito; preparación de emisiones de empréstitos propios, preparación de los datos anuales a rendir al Tribunal de Cuentas.
c) El Secretario general, actuará como Secretario del Consejo de Administración y de su Comité ejecutivo, con los deberes y atribuciones en cuanta al Consejo, que se expresan en el artículo treinta y ocho del Reglamento, aprobado por Decreto-ley de veintidós de julio de mil novecientos veintiocho.
###### Artículo undécimo.
Al Gabinete Técnico corresponde:
La asistencia inmediata al Director en el estudio de cuestiones que requieren informe técnico del mismo; la revisión y preparación de informes relativos a los planes y proyectos que se someten a Dirección; confección de cuadros y gráficos estadísticos recopilando y clasificando la información; la normalización de documentos técnica; la coordinación y control de los trabajos de delineación, cartografía, biblioteca y archivo técnico.
###### Artículo duodécimo.
Los Departamentos y Secretaría General podrán estructurarse en Secciones, y éstas, y el Gabinete Técnico en las Unidades Orgánicas inferiores que se precisen para su mejor funcionamiento.
###### Artículo decimotercero.
Sin perjuicio de su dependencia funcional del Ministerio de Hacienda, queda adscrita a la Delegación del Gobierno la intervención Delegada de la Administración del Estado.
Texto oficial de Real Decreto 2714/1976, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla (BOE-A-1976-24045). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.