ANEXO. Estatutos de la Real Academia de la Lengua Vasca «Euskaltzaindia» · Constitución orgánica
Artículo 3.
La Academia de la Lengua Vasca se compone de veinticuatro Académicos de número, de Académicos eméritos, de Académicos correspondientes y de Académicos de honor. Para los Académicos correspondientes y Académicos de honor no existe un límite establecido.
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 750/2006, de 16 de junio. [Ref. BOE-A-2006-12686](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-12686).</small>
Texto oficial de Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca (BOE-A-1976-6397). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. — Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca · BOE Fácil