ANEXO. ESTATUTOS DE LA REAL ACADEMIA DE FARMACIA DE BARCELONA · CAPÍTULO II. Clases de Académicos
Artículo 8.
Los Académicos de número usarán como distintivo una medalla de oro numerada, con el emblema particular de la Farmacia en el anverso y el título «Real Academia de Farmacia de Barcelona» en el reverso. Dicha medalla penderá de un cordón de seda de color morado, con trenzado de oro para los de número y sin trenzado para los de las demás categorías. El pasador tendrá las armas de la ciudad de Barcelona.
Las medallas numeradas serán propiedad de la Corporación, confeccionándose a costa de sus propios recursos, y las entregarán bajo recibo a los Académicos Numerarios, siendo devueltas a la Corporación, cuando causen baja.
Texto oficial de Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona (BOE-A-1977-13080). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. — Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona · BOE Fácil