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real decreto · BOE-A-1977-20499

Real Decreto 2157/1977, de 23 de julio, por el que se crea el distintivo de la Casa de su Majestad el Rey

Estado
Vigente
Publicación
26/8/1977
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Defensa

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto crea el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey, una insignia que reconoce al personal militar destinado en la Casa Real, y regula quién tiene derecho a usarlo y el procedimiento para su concesión.

A quién afecta: Generales, Almirantes Jefes, Oficiales, Suboficiales y asimilados destinados en la Casa de Su Majestad el Rey.

  • El distintivo corresponde a los militares que forman parte de la Casa Real y a quienes no les corresponda vestir el uniforme del Regimiento de la Guardia Real ni ostentar sus distintivos de destino.
  • Adquieren el derecho a usarlo con carácter permanente quienes ocupan cargos de alta dirección en la Casa Real, y quienes hayan estado destinados en ella durante dos años consecutivos.
  • La concesión con carácter permanente y la autorización de uso las otorga el Ministro de Defensa, con informe favorable previo del Jefe de la Casa de Su Majestad.
  • Las concesiones y autorizaciones se publican en el Diario Oficial correspondiente del Ejército, la Marina o el Aire dentro del Boletín Oficial del Ministerio de Defensa.
  • El distintivo consiste en un óvalo de latón de 35 por 30 milímetros, esmaltado en carmesí con borde dorado, con el escudo del Rey en el centro.
¿Quién puede lucir el distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey?

El personal militar (Generales, Almirantes Jefes, Oficiales, Suboficiales y asimilados) que forme parte de la Casa Real y no le corresponda vestir el uniforme o los distintivos del Regimiento de la Guardia Real.

¿Cuánto tiempo hay que estar destinado en la Casa Real para tener derecho al distintivo con carácter permanente?

Dos años consecutivos, salvo quienes ocupen cargos de alta dirección, que adquieren el derecho de forma inmediata.

¿Quién autoriza el uso de este distintivo?

El Ministro de Defensa, previo informe favorable del Jefe de la Casa de Su Majestad.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Distintivo de la Casa de Su Majestad el Rey · BOE Fácil