real decreto · BOE-A-1977-27160
Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre por el que se regulan las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 16/11/1977
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, así como la fiscalización e inspección de su fabricación, distribución, prescripción y dispensación.
A quién afecta: Fabricantes, distribuidores y dispensadores de sustancias psicotrópicas y especialidades farmacéuticas.
- Prohíbe el uso, fabricación, importación, exportación, comercio y tenencia de las sustancias incluidas en la Lista I, salvo autorización para fines científicos de la Dirección General de Ordenación Farmacéutica.
- Los fabricantes deben estar autorizados e inscritos en un registro específico de los servicios farmacéuticos de Control de estupefacientes y psicotrópicos.
- Deben llevar un libro de contabilidad de entrada, salida y existencias de las sustancias, diligenciado por la Inspección Provincial de Farmacia.
- La entrega de sustancias psicotrópicas solo puede hacerse a personas o entidades autorizadas, mediante vale fechado que debe conservarse durante dos años.
¿Qué órgano autoriza el uso de sustancias psicotrópicas de la Lista I para fines científicos?
La Dirección General de Ordenación Farmacéutica.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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