TÍTULO II. Beneficios fiscales · CAPÍTULO III. Impuesto sobre Bienes de las Personas Jurídicas
Artículo 14.
Los montes catalogados sujetos a tributación por el Impuesto sobre los Bienes de las Personas Jurídicas y pertenecientes a corporaciones locales quedarán exentos del pago de dicho impuesto.
Texto oficial de Reglamento de Aplicación de la Ley de Fomento de Producción Forestal (BOE-A-1978-14632). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. — Reglamento de Aplicación de la Ley de Fomento de Producción Forestal · BOE Fácil