El Centro Nacional de Documentación Musical atenderá especialmente a:
1) La conservación de partituras, libros, textos, publicaciones, grabaciones sonoras, películas, material gráfico y audiovisual relacionado con la música española.
2) A la recopilación y archivo de documentación de todo género (carteles, folletos, programas, fotos, críticas, reseñas, etcétera) relativa a actividades musicales en España.
3) Al mantenimiento de una biblioteca especializada de la música española que pueda servir de centro de estudio e investigación a los especialistas e interesados en la materia.
Texto oficial de Orden de 30 de junio de 1978 por la que se crea en la Dirección General de Música el Centro Nacional de Documentación Musical (BOE-A-1978-17687). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. — Orden de 30 de junio de 1978 por la que se crea en la Dirección General de Música el Centro Nacional de Documentación Musical · BOE Fácil