real decreto · BOE-A-1978-23134
Real Decreto 2121/1978, de 22 de agosto, sobre la lucha antituberculosa
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/9/1978
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto organiza la lucha antituberculosa en España, atribuyendo su planificación y control a la Dirección General de Salud Pública y regulando la colaboración de centros y personal sanitario.
A quién afecta: Centros, servicios y personal sanitario, y personas afectadas por tuberculosis.
- La planificación, programación, dirección, control y evaluación de la lucha antituberculosa corresponde a la Subsecretaría de la Salud, a través de la Dirección General de Salud Pública y Sanidad Veterinaria.
- Todos los centros y el personal sanitario deben colaborar en la profilaxis, vigilancia epidemiológica, diagnóstico bacteriológico y tratamiento normalizado de la enfermedad.
- El personal médico de la Seguridad Social debe remitir los casos ciertos o presuntos de tuberculosis al centro dispensarial antituberculoso correspondiente.
- Se constituye una Junta Asesora de la Lucha Antituberculosa, presidida por el Subsecretario de la Salud, para informar los programas y asesorar en la materia.
¿Qué organismo dirige la lucha antituberculosa en España según esta norma?
La Dirección General de Salud Pública y Sanidad Veterinaria, bajo la Subsecretaría de la Salud.
¿Qué debe hacer un médico de la Seguridad Social ante un caso sospechoso de tuberculosis?
Remitirlo al centro dispensarial antituberculoso correspondiente.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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