TÍTULO II. De las Normas Complementarias y Subsidiarias del Planeamiento · CAPÍTULO II. De las determinaciones · Sección 3.ª De las Normas Subsidiarias Municipales
Artículo 94.
1. El desarrollo de las determinaciones previstas en las Normas para el suelo urbano se realizará a través de Planes Especiales y de Estudios de Detalle.
2. Las determinaciones establecidas en las áreas aptas para la urbanización se desarrollarán a través de los correspondientes Planes Parciales.
Texto oficial de Reglamento de Planeamiento Urbanístico (BOE-A-1978-23729). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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